El pasado diecisiete de junio de 2019, tuvo lugar, en la Sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de La Rioja, un encuentro con el fin de celebrar una reunión de toma de contacto entre ambas Entidades.

En dicha reunión el Sr. Presidente D. Miguel Ángel D`Harcourt Bauluz, informo a Dña. Purificación Varona García, Directora Provincial, de las incidencias que observan los colegiados a la hora de gestionar materias propias de la TGSS.

Las cuales exponemos a continuación:

Comienza con la repercusión que ocasiona el Sistema de Liquidación Directa a la hora de dar de alta un código cuenta cotización secundario a lo que Dña. Purificación responde indicando que la Administración de la TGSS controlará todas las incidencias surgidas por la comunicación del CNAE.

En segundo lugar, expone la queja por el mal funcionamiento del teléfono 901 502 050 de atención centralizada de esta TGSS, habiendo detectado que ofrece distintas respuestas al mismo problema planteado. La Subdirectora Provincial, Dña. Nora Boillos Romera responde que existen distintos niveles de atención. El primero que es el centralizado, lo atiende una empresa externa. El
segundo, provincializado, se atiende personalizadamente y las contestaciones se ajustan al caso concreto no quedando dudas sobre el tema planteado. No obstante, indica que nos consulten aquellos casos en los que se les ha contestado y no están de acuerdo.

En materia del INSS, plantea el Sr. Presidente las incidencias relativas a las transmisión de los certificados RECEMA a través del Sistema RED. La Sra. Directora Provincial comunica que estas incidencias ya se están estudiando en los Servicios Centrales del INSS yTGSS y se les comunicara en su momento.

Solicita, por parte del Colegio, una mayor coordinación entre la Imspección de Trabajo y Seguridad Social a la hora de aplicar la normativa relativa a las altas/bajas de trabajadores autónomos societarios. Se necesitan criterios claros sobre cuándo procede el alta y cuándo no. La subdirectora provincial señala que la comunicación de esta Dirección Provincial de la TGSS y la Inspección de
Trabajo es constante y se resuelve bajo los mismos criterios de actuación, lo que no impida que la Inspección, el ejercicio de sus funciones y a la vista de las actuaciones, pueda observar otros indicios que den lugar a distintas resoluciones. En caso de duda a la hora de tramitar una de estas altas deben acudir a la Administración de la Seguridad Social. En el Sistema Especial Agrario, cuando se comunica por error el alta por la modalidad de jornadas reales en lugar de por bases mensuales o a la inversa, solicitan que los autorizados puedan realizar la variación. Informas a dicha duda que no se trata de una variación de datos, sino de una modalidad de cotización distinta, por ello procede una anulación por parte de las Administraciones y no una variación de datos.

El Colegio muestra su disconformidad por el corto plazo de tres días para tramitar las bajar. Solicitan que se amplíe al menos en momentos puntuales de fiestas relevantes. A lo que se les contesta que tienen la posibilidad de tramitar, a través de los medios telemáticos, desde cualquier punto de la geografía. También apunta que cuando cambió la normativa ya se produjeron innumerables protestas y desde la Dirección General se señaló que estos plazos no iban a cambiar.

Respecto a la tramitación de las solicitudes de alta de los sustitutos de los trabajadores autónomos que van a pasar a beneficiarse de la prestación por nacimiento y cuidado de menor, señalan que no se pueden gestionar porno estar mecanizada la prestación. La Directora les informa que si los causantes de la prestación no la han solicitado el INSS no puede mecanizarla. Por parte del Colegio se quiere saber cómo pueden acceder a las aplicaciones del Sistema RED para ver si en los casos de contratas y subcontratas se han solicitado los certificados del art. 42 del Estatuto de los Trabajadores. Lo que se pretende es tener constancia de que lo han solicitado en plazo y obtener un justificante en estos términos. Por parte del INSS indican que fan a estudiar cómo pueden proceder y se lo comunicará.

El Colegio quiere saber si en la jubilación activa la persona contratada puede seguir siento un/a empleado/a de hogar como antes del cambio de criterio. Se les contesta que no porque no es ése el espíritu de la norma.

Es esta ocasión la Subdirectora aclara la diferencia entre la posibilidad de gestionar un alta o baja a través del Sistema RED, donde el autorizado está legitimado y la presentación de documentación a través del registro electrónica, donde es necesario el documento de apoderamiento para actuar en nombre de terceros, que se deberá acreditar en todo caso. Aclara también que las devoluciones de cuotas sólo las puede solicitar el propio titular al tener que entrar por el Registro electrónico y ser necesario comprobar el apoderamiento.

Por último la subdirectora les recuerda que todos los trabajadores autónomos deben tener un certificado electrónico o Cl@ve, y que es preciso obligarles a que comuniquen sus datos de contacto a la TGSS. Solicta de su parte un recordatorio a todos los colegiados. El Presidente indica por su parte que yo lo hacen pero que hay trabajadores con los que no consiguen nada a pesar de
recodárselo insistentemente.